El Consejo Asesor de Estadística (1)
Es el órgano consultivo de los servicios estadísticos de la Comunidad, en el que están representados grupos, organizaciones e instituciones sociales, económicas y académicas suficientemente representativas de la Comunidad de Castilla y León.
Tiene como funciones emitir los informes sobre los anteproyectos del Plan Estadístico de Castilla y León y de los Programas Estadísticos anuales, emitir otros dictámenes que le soliciten y formular propuestas, recomendaciones y sugerencias en materia de estadística.
Está regulado en los artículos 14 y 15 de la Ley de Estadística de Castilla y León, que indica que su composición, organización y funcionamiento se determinarán reglamentariamente. En cumplimiento de ello, la Junta de Castilla y León aprobó el Decreto 27/2001, de 01 de febrero, por el que se regula el Consejo Asesor de Estadística de Castilla y León, en cuyo artículo 3 se precisa el número y representación de los Consejeros Asesores que forman parte del Consejo Asesor de Estadística de Castilla y León.
Posteriormente, la Orden HAC/488/2004, de 31 de marzo, aprueba el reglamento de su funcionamiento interno.
A la vista de las propuestas realizadas por las entidades indicadas en dicho artículo y, teniendo en cuenta la diversa normativa publicada hasta el momento, mediante la cual, se procede al nombramiento, renovación o ratificación de los vocales del Consejo Asesor de Estadística, éste tiene la siguiente composición: