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Competencias

Además de las competencias previstas en el artículo 40 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponden a la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental, bajo la dependencia de la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, las siguientes atribuciones:

  1. La planificación, programación, gestión y ejecución en las materias de prevención ambiental, calidad del aire, evaluación ambiental, ruido, residuos y suelos contaminados.
  2. La planificación, programación, coordinación y control de las actuaciones en materia de cambio climático.
  3. El impulso, fomento y ejecución de proyectos para el aprovechamiento energético de biomasa forestal.
  4. Las actuaciones administrativas relativas a las comunicaciones y autorizaciones en materia de utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente, así como a su vigilancia y el control y cuantas otras le sean atribuidas al respecto conforme la legislación reguladora de dicha materia.
  5. La planificación, coordinación y seguimiento de las actuaciones de inspección y de control en materia de calidad ambiental, incluida la alta inspección en los supuestos establecidos legalmente.
  6. La gestión, coordinación y ejecución de las competencias sobre el sistema comunitario de gestión y auditoria medioambientales (EMAS) en la Comunidad de Castilla y León, así como sobre las etiquetas ecológicas comunitarias que tenga atribuidas.
  7. La elaboración e impulso de programas de comunicación, participación ciudadana y educación ambiental.
  8. La planificación y coordinación del conjunto de actividades de educación ambiental que desarrolla la Consejería y sus entes instrumentales.
  9. La tramitación y resolución de los procedimientos administrativos de acceso a la información en materia de medio ambiente.
  10. La planificación e impulso de las actuaciones de interés de la Comunidad en materia de abastecimiento de agua, depuración de aguas residuales y encauzamientos y defensas de márgenes en áreas urbanas, que no sean de interés general del Estado.
  11. La gestión de actuaciones para la mejora ambiental y paisajística del entorno en áreas urbanas y rurales, en particular las que corresponden a restauración de áreas afectadas por actividades mineras.
  12. La coordinación operativa de las acciones de la Escala de Agentes Medioambientales del Cuerpo de Ayudantes Facultativos en las materias de su competencia.
  13. La planificación e impulso del uso racional del agua y de las infraestructuras necesarias para su gestión, en colaboración con las confederaciones hidrográficas y las entidades locales.
  14. La planificación, programación y apoyo a las infraestructuras para el tratamiento de residuos sólidos urbanos.
  15. La coordinación de los asuntos relacionados con el desarrollo de nuevas normas y programas de gestión europeos en materia de medio ambiente.
  16. La preparación de los asuntos competencia de la Dirección General que se eleven a los órganos colegiados de la Consejería.
  17. La coordinación y seguimiento con otras Administraciones Públicas de las actuaciones que realicen y que sean de interés para la Comunidad de Castilla y León.
  18. Cualquier otra que se le atribuya, desconcentre, delegue o encomiende.

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