Además de las competencias previstas en el artículo 40 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponden a la Dirección General de Deportes las siguientes atribuciones:
El fomento y promoción de la actividad físico-deportiva en general y en especial la tecnificación deportiva federada y el deporte de alto rendimiento autonómico.
La gestión de infraestructuras y de los equipamientos deportivos de la Administración de la Comunidad Autónoma.
El registro y, en su caso, la inspección y control de las entidades deportivas, así como la tutela sobre las funciones públicas delegadas a las federaciones deportivas.
El reconocimiento oficial de las federaciones deportivas, la aprobación definitiva de sus estatutos y de sus reglamentos electorales.
La planificación de las Instalaciones Deportivas de Interés Autonómico.
La promoción y fomento del deporte en edad escolar, del deporte universitario y de la formación y actualización deportiva.
Las actuaciones encaminadas a promover la adecuada cualificación de los profesionales responsables de las actividades físico-deportivas.
El impulso de la protección de la salud y la colaboración en la lucha contra el dopaje en el deporte.
Cualquier otra que se le atribuya, desconcentre, delegue o encomiende.