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Nota

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Competencias

Además de las competencias previstas en el artículo 40 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, corresponden a la Dirección General de Turismo las siguientes atribuciones:

  1. La ordenación y el fomento de las empresas, actividades, establecimientos y profesiones turísticas.
  2. El fomento de la calidad en el sector turístico, así como de la innovación, la investigación, y el desarrollo tecnológico.
  3. La planificación, gestión y seguimiento de estrategias, programas y planes turísticos.
  4. La planificación, coordinación y seguimiento de la actividad inspectora en materia de turismo.
  5. El ejercicio de la potestad sancionadora en materia de turismo en los términos que determinen sus normas reguladoras.
  6. La protección y promoción de la imagen de Castilla y León como destino turístico.
  7. El estudio comparado de la oferta y la demanda turísticas.
  8. La información turística y la Red de Oficinas de Turismo de Castilla y León.
  9. Cualquier otra que se le atribuya, desconcentre, delegue o encomiende

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