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Nota

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Competencias

Corresponden a esta Dirección General además de las competencias previstas en el artículo 40 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, las siguientes atribuciones:

  1. Elaborar la planificación, el diseño y la gestión de políticas de economía social.
  2. La realización y ejecución de acciones dirigidas al empleo autónomo.
  3. El registro de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos.
  4. La cooperación con las organizaciones representativas de los trabajadores autónomos.
  5. La cooperación y el diálogo con las organizaciones representativas de la economía social.
  6. El fomento del autoempleo a través de fórmulas de economía social.
  7. La ejecución de la legislación en materia de cooperativas y sociedades laborales.
  8. La calificación y registro de cooperativas.
  9. La calificación y registro de sociedades laborales.
  10. La ejecución de la legislación de mutualidades no integradas en el sistema de la seguridad social. 
  11. La realización y ejecución de programas de empleo para la integración laboral de personas con discapacidad.
  12. La calificación y el registro de los centros especiales de empleo.
  13. La ejecución de programas dirigidos a las empresas de inserción laboral.
  14. La calificación y registro de las empresas de inserción laboral.
  15. La elaboración de acciones y la gestión de los programas e iniciativas comunitarias en aquellas materias que no supongan el desarrollo de acciones integradas de orientación, inserción, formación y empleo.
  16. Cualquier otra que le sea atribuida, desconcentrada, delegada o encomendada.

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