Además de las competencias previstas en el artículo 40 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponden a la Dirección General de Transportes y Logística las siguientes atribuciones:
La política de transporte de viajeros y mercancías por carretera, servicios ferroviarios, transporte fluvial y por cable.
La política en materia de logística y distribución.
La política en materia de infraestructuras de movilidad, excepto las encomendadas a la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras.
La preparación de los asuntos competencia de la Dirección General que se eleven a los órganos colegiados de la Consejería.
La coordinación y seguimiento con otras Administraciones Públicas de las actuaciones que realicen y que sean de interés para la Comunidad de Castilla y León.
Cualquier otra que se le atribuya, desconcentre, delegue o encomiende.