Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

Nota

Contenido principal. Saltar al inicio.

Competencias

  1. Además de las competencias previstas en el artículo 39 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponde a la Secretaría General: 
    1. La administración de los créditos y la tramitación de las propuestas de pago que correspondan a la Consejería.
    2. La tramitación, en su caso, de los expedientes de contratación en materias propias de la Consejería.
  2. Asimismo corresponden a la Secretaría General las siguientes atribuciones y funciones:
    1. La gestión de los recursos informáticos de la Consejería, en el marco de las directrices y coordinación de la consejería competente en materia de administración digital.
    2. Dirigir, realizar y coordinar todo tipo de estudios y trabajos de investigación técnica referentes a las materias propias de la Consejería y en su caso, publicar los mismos.
    3. Supervisar las actuaciones que, en materia de su competencia, se desarrollen en coordinación con otras Administraciones Públicas.
    4. El seguimiento de la ejecución presupuestaria y de la evolución del gasto de los entes adscritos a la Consejería, sin perjuicio de las funciones asignadas a estos últimos y a otros organismos.
    5. La evaluación de las políticas de industria, comercio y empleo desarrolladas por la Consejería y los entes adscritos a la misma, en colaboración con los mismos y sin perjuicio de las competencias de estos últimos.
    6. Cualquier otra que le sea atribuida, desconcentrada, delegada o encomendada.

Junta de Castilla y León - Accesibilidad