Además de las competencias previstas en el artículo 39 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponde a la Secretaría General:
La tramitación de los anteproyectos de ley y de los proyectos de disposiciones generales en las materias propias de la consejería.
La administración de los créditos y la tramitación de las propuestas de pago que correspondan a la consejería.
La tramitación de los expedientes de contratación en materias propias de la consejería.
La gestión de los recursos informáticos de la consejería, en el marco de las directrices y coordinación de la consejería competente en materia de administración digital.
La dirección del archivo y custodia de los expedientes administrativos de la consejería.
La gestión de los medios materiales adscritos al funcionamiento de la Consejería de la Presidencia y de todos los inmuebles ubicados en el recinto donde se encuentra su sede.
Velar por el cumplimiento de las funciones del tratamiento de datos de carácter personal de todos los órganos directivos centrales de la consejería.
Asimismo corresponden a la Secretaría General las siguientes atribuciones:
La inspección de los servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y el registro de intereses de altos cargos.
La supervisión de la correcta aplicación de la normativa sobre buen gobierno, ética pública y conflictos de intereses.
El desarrollo de actuaciones como centro de información y documentación del consejero y la asistencia y asesoramiento en relación con la información recopilada.
La coordinación de los trabajos y estudios técnicos de la consejería, así como la organización y gestión de las publicaciones y de los fondos bibliográficos y documentales de la consejería.
La organización de los órganos colegiados de gobierno, la asistencia a la secretaría de la Comisión General de Coordinación Territorial y la asistencia al Secretario del Consejo de Gobierno.
Las cuestiones administrativas del Secretariado de la Junta de Castilla y León en su actuación tanto en Consejo de Gobierno como en Comisiones Delegadas.
El impulso y coordinación de los órganos competentes en la tramitación de asuntos ante los órganos colegiados de Gobierno.
La dirección y gestión del Boletín Oficial de Castilla y León y la coordinación de las publicaciones de la Administración de la Comunidad en el Boletín Oficial del Estado.
La tramitación de las declaraciones de luto oficial en la Comunidad.
Cualquier otra que se le atribuya, desconcentre, delegue o encomiende.