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Competencias

Además de las competencias previstas en el artículo 39 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponde a la Secretaría General de la Consejería de Movilidad, Transformación Digital e Inteligencia Artificial:

  • a) La tramitación de los anteproyectos de ley y de los proyectos de disposiciones administrativas de carácter general en materias propias de la Consejería.
  • b) Resolver las reclamaciones en materia de personal que estén sujetas al derecho laboral.
  • c) La administración de los créditos y la tramitación de las propuestas de pago que correspondan a la Consejería.
  • d) La tramitación de los expedientes de contratación en materias propias de la Consejería, sin perjuicio de las que corresponden a las Direcciones Generales por razón de la materia.
  • e) La tramitación y propuesta de la revisión de oficio de disposiciones administrativas.
  • f) La dirección del archivo y custodia de los expedientes administrativos de la Consejería.
  • g) La gestión de los recursos informáticos de la Consejería en el marco de las directrices y coordinación de la Dirección General competente en materia de Administración Digital.
  • h) Cualquier otra que se le atribuya, desconcentre, delegue o encomiende.

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