Además de las competencias previstas en el artículo 40 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponden a la Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, bajo la dependencia de la Viceconsejería de Transformación Digital e Inteligencia Artificial, las siguientes atribuciones:
a) La dirección y ejecución de actuaciones en materia de infraestructuras y servicios de telecomunicaciones de uso general de la Comunidad de Castilla y León.
b) El impulso y la gestión de las competencias de la Comunidad en materia de servicios de comunicación audiovisual.
c) La promoción del desarrollo de las infraestructuras adecuadas para el soporte de los servicios de telecomunicaciones, en especial de los servicios de banda ancha, así como el fomento de su uso por los hogares y las Administraciones Públicas de Castilla y León.
d) El fomento, coordinación y dirección de actuaciones orientadas al impulso de la sociedad de la información en la Comunidad de Castilla y León.
e) El fomento de la adquisición y certificación de competencias digitales por parte de la ciudadanía, así como la colaboración en este ámbito con otros órganos de la Administración de la Comunidad respecto a colectivos específicos.
f) La dirección, promoción y ejecución de proyectos para la implantación de servicios públicos inteligentes en las Administraciones Públicas de Castilla y León.
g) La planificación, ejecución y gestión de programas y ayudas que contribuyan a la implantación de las tecnologías de la información y comunicación aplicadas a servicios de la sociedad de la información en todos los ámbitos de la sociedad castellana y leonesa.
h) La relación con los actores implicados en el desarrollo de la sociedad de la información y los servicios de telecomunicaciones, en especial los operadores y empresas del sector.
i) La coordinación con los planes estatales y europeos en materia de telecomunicaciones, sociedad de la información y competencias digitales, y la interlocución con la Administración del Estado en los programas sectoriales que se realicen en la Comunidad.
j) La coordinación y seguimiento con otras Administraciones Públicas de las actuaciones en el ámbito de su competencia que realicen y que sean de interés para la Comunidad de Castilla y León.
k) La preparación de los asuntos competencia de la Dirección General que se eleven a los órganos colegiados de la Consejería.
l) Cualquier otra que se le atribuya, desconcentre, delegue o encomiende.