Además de las competencias previstas en el artículo 40 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponden a la Dirección General de Administración Digital e Inteligencia Artificial, bajo la dependencia de la Viceconsejería de Transformación Digital e Inteligencia Artificial, las siguientes atribuciones:
a) La política relativa a las tecnologías de la información y las comunicaciones utilizadas por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
b) La definición y prestación de los servicios corporativos de informática, comunicaciones y ciberseguridad, así como la gestión de las infraestructuras tecnológicas que les dan soporte.
c) La dirección, promoción y ejecución de la administración digital, incluyendo el diseño funcional de las herramientas necesarias para la implantación de la legislación básica sobre procedimiento administrativo común y régimen jurídico de las Administraciones Públicas, en coordinación con los centros gestores de servicios públicos y procedimientos administrativos de la Administración de la Comunidad.
d) La coordinación de la atención de peticiones e incidencias de los usuarios de los servicios de informática y comunicaciones competencia de este órgano directivo.
e) El desarrollo de la política de seguridad de la información de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
f) La definición, desarrollo y seguimiento de la política de gobierno de la inteligencia artificial en el ámbito de la Administración de la Comunidad.
g) La dirección, promoción, supervisión, y ejecución o coordinación, en su caso, de las iniciativas en materia de inteligencia artificial, incluyendo el diseño funcional e implantación de las herramientas necesarias en el ámbito de la Administración de la Comunidad.
h) El establecimiento de directrices y recomendaciones comunes para la optimización y reutilización de soluciones tecnológicas en la Administración de la Comunidad.
i) La coordinación y seguimiento transversal de las actuaciones en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones desarrolladas por las Consejerías.
j) La revisión y aprobación de los aspectos técnicos, de comunicaciones, de seguridad, y de optimización de los recursos en los pliegos de prescripciones técnicas y en los documentos de licitación de los procedimientos de contratación centralizada, relativos a la contratación de bienes y servicios en el ámbito de los sistemas de información.
k) La coordinación y supervisión de las medidas de interoperabilidad y seguridad de los sistemas de información y de su adecuación a la normativa aplicable, así como su ejecución directa en el ámbito de los servicios TIC corporativos.
l) El impulso, coordinación y gobernanza del dato corporativo.
m) La coordinación y seguimiento con otras Administraciones Públicas de las actuaciones en el ámbito de su competencia que realicen y que sean de interés para la Comunidad de Castilla y León.
n) La preparación de los asuntos competencia de la Dirección General que se eleven a los órganos colegiados de la Consejería.
ñ) Cualquier otra que se le atribuya, desconcentre, delegue o encomiende.