1. Compete a la Consejería de Economía y Hacienda, bajo la superior dirección de su titular, promover, proyectar, dirigir, coordinar, ejecutar e inspeccionar en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León:
a) La gestión de la Hacienda Pública y del Tesoro, la política presupuestaria y de gasto público, la política de endeudamiento y de estabilidad presupuestaria y la actividad estadística pública.
b) El seguimiento, evaluación, control y certificación de los fondos comunitarios, sin perjuicio de las competencias asumidas por otras consejerías en sus ámbitos sectoriales.
c) Las competencias que a la consejería competente en materia de patrimonio le atribuye la Ley 11/2006, de 26 de octubre, del Patrimonio de la Comunidad de Castilla y León y normas que la desarrollan.
d) Las directrices y los sistemas de información de la contratación administrativa.
e) La política económica general, la programación y la orientación de la actividad económica.
f) Las políticas financiera y crediticia, en especial la relativa al fomento de la participación del sistema financiero en el desarrollo del sector productivo de la Comunidad.
g) Las políticas de promoción económica.
h) La política tributaria de la Comunidad de Castilla y León.
i) La política de información y asistencia integral al contribuyente, así como las actuaciones de gestión, valoración e inspección tributaria y las de recaudación de los tributos y demás ingresos de derecho público.
j) El análisis y seguimiento del sistema de financiación autonómica.
k) El ejercicio de la tutela financiera de las entidades locales de la Comunidad
l) La política de competitividad e innovación e impulso de la implantación de nuevas tecnologías en el sector empresarial.
m) Las competencias en materia de defensa de la competencia y unidad de mercado.
n) Las atribuciones en materia de Ciencia y Tecnología previstas en el apartado 2 del artículo 3 y siguientes de la Ley 17/2002, de 19 de diciembre, de fomento y coordinación general de la Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) en Castilla y León.
ñ) La gestión administrativa de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.
o) Cualquier otra que se le atribuya, delegue o encomiende.
2. A tal efecto, se le atribuyen las competencias, funciones y servicios transferidos o que, en su día, se transfieran en dichas materias, y cuantas otras pudieran corresponderle en el marco de la Constitución y del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.
3. A esta Consejería está adscrito el Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León.
4. Las Delegaciones Territoriales dependerán orgánicamente de la Consejería de Economía y Hacienda a través de su Secretaría General, y funcionalmente de los diversos órganos superiores y directivos de las Consejerías que correspondan por razón de las distintas competencias materiales.