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Competencias

1. Compete a la Consejería de Medio Ambiente y Energía, en el marco de las competencias atribuidas a la Comunidad, bajo la superior dirección del titular de la Consejería, promover y dirigir la política en materia de:

  • a) Gestión del patrimonio natural de la Comunidad, montes, aprovechamientos y usos forestales y vías pecuarias.
  • b) Ayudas al sector forestal, incluidas las explotaciones forestales, el asesoramiento forestal y la industria forestal no alimentaria de primera transformación.
  • c) Infraestructuras de desarrollo rural forestal.
  • d) Restauración, genética y sanidad forestal.
  • e) Prevención y extinción de incendios forestales.
  • f) Red de áreas naturales protegidas y su uso público.
  • g) Conservación de la biodiversidad.
  • h) Restauración ambiental.
  • i) Transición energética.
  • j) Economía circular.
  • k) Infraestructuras de abastecimiento y depuración de agua.
  • l) Encauzamientos y defensas de márgenes fluviales en áreas urbanas.
  • m) Gestión de residuos e infraestructuras para su tratamiento.
  • n) La política energética y minera.
  • ñ) El ejercicio de las funciones de coordinación, ejecución e inspección en todas las materias anteriores y cualquier otra que se le atribuya, delegue o encomiende.

2. A tal efecto, se le atribuyen las competencias, funciones y servicios asumidos por la Comunidad, o que en su día se asuman, relativos a dichas materias y cuantas otras pudieran corresponderle en el marco de la Constitución y del Estatuto de Autonomía.

3. A esta Consejería está adscrito el Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León.

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