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Competencias

Además de las competencias previstas en el artículo 40 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponden a la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado las siguientes:

  • a) El diseño, coordinación y desarrollo de programas y planes de innovación educativa.
  • b) El diseño y desarrollo del Plan director de Tecnologías de la Información y la Comunicación del Plan de Desarrollo de la Competencia Digital Docente y de Centros en coordinación con la Dirección General de Infraestructuras y Servicios, y cuantos otros de formación docente e innovación educativa le sean encomendados.
  • c) El diseño de planes de evaluación, calidad y mejora del sistema educativo.
  • d) La coordinación y gestión de programas educativos europeos e internacionales en el ámbito de su competencia, así como el desarrollo y la promoción de los planes de internacionalización de los centros.
  • e) La elaboración y gestión de materiales curriculares recursos educativos innovadores y de apoyo a las enseñanzas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato, así como el desarrollo y gestión de recursos para el aprendizaje a través de medios telemáticos.
  • f) La planificación y gestión de los programas y actividades de formación de los planes autonómicos de formación permanente del profesorado, así como de las unidades creadas para su desarrollo, sin perjuicio de las atribuciones de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial.
  • g) La organización de actividades del alumnado de carácter complementario, extraescolar y de apoyo al desarrollo curricular.
  • h) El apoyo pedagógico al impulso de las actividades formativas y de innovación desarrolladas por los Centros Rurales de Innovación Educativa, así como de las Residencias y Escuelas Hogar.
  • i) Cualquier otra que se le atribuya, desconcentre, delegue o encomiende.

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