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Competencias

1. La Dirección General de Análisis y Planificación, adscrita orgánica y presupuestariamente a la Consejería de la Presidencia, dependerá funcionalmente del Presidente de la Junta de Castilla y León.

2. Además de las competencias previstas en el artículo 40 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponden a la Dirección General de Análisis y Planificación, las siguientes atribuciones:

  • a) El impulso y seguimiento del programa de gobierno, así como la elaboración de estudios y análisis de la acción de gobierno de la Junta de Castilla y León.
  • b) El desarrollo de actuaciones como centro de información y documentación del Presidente de la Junta de Castilla y León y la asistencia y asesoramiento en relación con la información recopilada.
  • c) La planificación, diseño y coordinación de las estrategias y actuaciones que requiera la acción de gobierno.
  • d) El análisis predictivo de futuras necesidades sociales de servicio público y de desarrollo económico de la Comunidad.
  • e) Cualquier otra que se le atribuya, desconcentre, delegue o encomiende.

3. La Dirección General de Análisis y Planificación podrá solicitar a las consejerías, a las entidades institucionales y al resto de las entidades del sector público autonómico cuantos datos e informaciones le sean necesarios.

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