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Proposiciones de Ley

Los actores que están legitimados para presentarlas son: un Grupo Parlamentario con la firma de su Portavoz o por un Parlamentario con la firma de otros once Procuradores.

No hay que esperar a la presentación de enmiendas para que el Consejo de Gobierno pueda oponerse a su tramitación, si implica aumento de créditos o minoración de ingresos.

Las proposiciones de Ley deben superar el trámite de la toma en consideración que corresponde al Pleno, ajustándose el debate a la de totalidad, y en el supuesto de superarlo, se abre un período para presentar enmiendas, que tendrán un análisis parecido al de los Proyectos de Ley.